Convergiendo de a poco

El nuevo decreto 1340 establece los pasos previos para alcanzar la convergencia “plena” en comunicaciones. ¿Cómo impacta en

El nuevo decreto 1340 establece los pasos previos para alcanzar la convergencia “plena” en comunicaciones. ¿Cómo impacta en los principales actores del sector?

Por Enrique Carrier (*)

El gobierno nacional nuevamente tomó decisiones relevantes sobre el filo de la noche de fin de año. Así como a finales del 2015 fue con el DNU 267/15, esta vez fue a través del decreto 1340/16. Se trata de un instrumento que vino a dar mayores precisiones sobre puntos expresados principalmente en la Ley Argentina Digital, así como en el primer DNU de la actual gestión. No obstante, no se puede decir que Argentina haya entrado en una convergencia y competencia plena, sino que esta se dará recién y eventualmente dentro de unos años.

Siendo que la convergencia implica el ingreso de nuevos actores originarios de algunos de los servicios que confluyen, es inevitable que produzca choques, así como reclamos en relación con lo que los demás pueden hacer y los privilegios que ellos merecen. La génesis de este decreto no fue la excepción.

En una lectura veloz del decreto, puede decirse que se destacan cuatro grandes temas: novedades en la administración del espectro, la liberalización del negocio audiovisual (léase TV), el desarrollo de redes de alta capacidad, y temas más técnicos, pero no menos relevantes para la competencia, como son las condiciones de interconexión y roaming.

Modern telecommunication technology background

Como política general en el manejo del espectro, se observa una clara tendencia a privilegiar su uso para servicios móviles antes que los fijos. Quizás el punto más discutido antes y después de la publicación del decreto tiene que ver con la reatribución de espectro fijo para su uso por parte de servicios móviles. Sin embargo, aunque habilita esta reatribución, deja los aspectos claves de este procedimiento (compensación económica, obligaciones de cobertura y metas específicas) en manos de la Autoridad de Aplicación. Esta reatribución alcanza al espectro ya asignado a prestadores de servicios TIC o audiovisuales que soliciten el cambio para dar servicios móviles LTE o superiores. Hasta tanto no estén definidos los detalles de este proceso, la medida favorece a priori a Cablevisión-Nextel, empresa que adquirió durante el año pasado a diversos ISP inalámbricos. No obstante, la medida dará lugar no ya a un cuarto operador, sino a varios cuartos operadores, ya que contempla el uso local o regional, a diferencia de lo que ocurrió con el espectro AWS y 700 MHz que fue atribuido a nivel nacional. Por otra parte, también implica que otros prestadores TIC puedan pedir el cambio, sean PyME, cooperativas o las grandes telcos.

A su vez, el decreto menciona que dentro de los 180 días de su publicación se fijarán las pautas necesarias para la conformación de la Red de Protección Pública y Operaciones de Socorro, Defensa y Seguridad. Días más tarde, el Ministro Aguad dio más precisiones en una entrevista radial en la que adelantó que se llamaría a licitación entre los meses de febrero y marzo para el despliegue de esta red que, por contar con capacidad ociosa, podría ser también una red mayorista de servicios móviles, particularmente para PyME y cooperativas. En sus propias palabras, sería como un quinto operador. Tarea difícil si las hay.

El surgimiento y desarrollo de nuevos operadores móviles no sólo tiene que ver con el espectro, sino también con temas más técnicos, pero no menos relevantes como condiciones de interconexión o de roaming. En el caso de la interconexión, se establecerán tarifas asimétricas por el término de tres años prorrogables por 18 meses más. Sin embargo, no se indican cuáles serían las condiciones que podrían dar lugar a la mencionada prórroga. El roaming, que permitirá que clientes de un operador regional usen su servicio más allá del área de cobertura original, será obligatorio por tres años. Pasado este tiempo, deberán acordar entre las partes. Ambas son medidas para ayudar a entrantes mientras se desarrollan, donde lo que se debate es si ese plazo es adecuado o exiguo.

Por el lado de la TV, el decreto llevó certezas a las grandes telcos (Claro, Telecom y Telefónica) de que estarán habilitadas a dar este tipo de servicios a partir de enero de 2018. De esta forma, resuelve la incertidumbre que generó el DNU 267, el cual establecía este plazo entre dos y tres años (enero 2018 y de 2019 respectivamente). Sin embargo, inicialmente las telcos podrán dar servicios de TV únicamente en las áreas metropolitanas de Buenos Aires, Rosario y Córdoba. Estas concentran aproximadamente el 36% de la población. El 64% restante no accederá a los beneficios de una mayor competencia por un tiempo no determinado. Por un lado, el decreto inhibe a las telcos de ingresar en localidades de menos de 80 000 habitantes. Esta es una protección pour la galérie, ya que ninguna de las telcos tiene interés en invertir en mercados de tan baja concentración de población. La incógnita es cuándo llegará la competencia de las telcos en las localidades que se ubican entre estos dos extremos, como es el caso de Mendoza, donde opera Supercanal. Esta medida favorece sin dudas a la industria del cable en general, excepto Cablevisión y Telecentro que concentran el grueso de sus operaciones en las áreas ahora “liberadas”.

Siempre en materia de TV, el decreto mantiene el impedimento de que cualquier prestador TIC ofrezca servicios audiovisuales a través del satélite o DTH (siglas de Direct To Home —Directo Al Hogar—). En realidad, este impedimento emana de la ley Argentina Digital. Se trata de una medida que protege a la industria del cable, ya que retrasa la competencia y exige a los entrantes invertir en el despliegue de redes de alta capacidad. La única excepción a esta norma es el caso de DirecTV, a quien se le respetó el estatus previo a esta inhibición, cuando además de los servicios de DTH estaba ya ofreciendo acceso a internet inalámbrico terrestre.

Finalmente, siendo que el desarrollo de redes de gran ancho de banda es una prioridad para el gobierno, el decreto fija en generosos 15 años la no aplicación de la desagregación del bucle de abonado, tal cual está previsto en Argentina Digital. Esto implica que, durante este período de tiempo, los operadores que a partir de la publicación del decreto desplieguen redes de última milla NGN (fibra óptica o cable coaxial en sus versiones más avanzadas) no estarán obligados a permitir que otros operadores utilicen esta infraestructura para dar sus servicios. Garantizando la exclusividad del uso de sus propias redes de última generación, busca motivar a las telcos (Telecom y Telefónica, por tener una tecnología vieja, y Claro, por prácticamente no contar con infraestructura cableada) a invertir en su desarrollo y capilaridad. No obstante, el período de gracia también aplicaría a los nuevos tendidos de los actuales operadores de TV por cable.

Haciendo un resumen de lo que deja el decreto, se destacan tres aspectos. Uno es que la asimetría para el ingreso de nuevos actores a un determinado servicio no siempre es a favor del entrante. Sí lo es en el caso de los móviles, pero no lo es en el caso de la TV, donde se sigue protegiendo mayormente a los incumbentes. Otro es la política expresa de privilegiar las comunicaciones móviles, habilitándoles cuanto espectro sea posible, priorizándolo por sobre los servicios inalámbricos fijos. Finalmente, y a pesar de la retórica a favor de la competencia, se evidencia un foco en la inversión, tanto en redes móviles como fijas de gran ancho de banda. Se trata, eso sí, de un paso previo para llegar a un mercado más competitivo y necesario para recuperar el terreno perdido en materia de infraestructura. No obstante, todavía quedan pendientes definiciones técnicas, pero no menos políticas, que pueden inclinar el fiel de la balanza entre competidores. Esto último asegura que la guerra de lobbies y presiones seguirá en los próximos meses.

(*) Director de Carrier y Asociados. En Twitter es @enriquecarrier

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